En el marco del Convenio Paneuromediterráneo (PEM), se han introducido medidas transitorias que afectan a la aplicación de las normas de origen preferenciales en el comercio con Egipto.
Mientras se completan los procesos internos de ratificación del convenio revisado, Egipto está aplicando normas revisadas basadas en medidas nacionales temporales. Estas disposiciones permiten mantener la acumulación diagonal con la Unión Europea y los países de la AELC, siempre que Egipto actúe como país de destino.
Uno de los aspectos más relevantes es la exigencia de que las pruebas de origen incluyan de forma expresa la mención a las “normas revisadas”, requisito imprescindible para poder beneficiarse del trato arancelario preferencial.
Asimismo, en caso de rechazo de pruebas de origen que no incluyan dicha mención, se contempla la posibilidad de emitirlas con carácter retroactivo conforme a las medidas vigentes.
Estos cambios tienen un impacto directo en la gestión documental de las operaciones y requieren una revisión detallada por parte de los operadores económicos para garantizar el correcto acceso a las preferencias arancelarias. Desde FETEIA-OLTRA se recomienda prestar especial atención a estos requisitos en las operaciones con Egipto.