feteia

NI GA 18/2021 relativa a la transición del despacho aduanero de mercancías con valor intrínseco no superior a 150 euros en el territorio de Canarias, Ceuta y Melilla (ADU.-F- 80/21)

Si no puedes ver nuestra newsletter pulsa aquí


Para su información, facilitamos la NI GA 18/2021, de 21 de junio, relativa a la transición del despacho aduanero de mercancías con valor intrínseco no superior a 150 euros en el territorio de Canarias, Ceuta y Melilla.

En la NI GA se recuerda que la entrada en vigor para el 1 de julio de 2021 del denominado paquete del comercio electrónico afecta a los ámbitos normativos y de gestión del IVA y de Aduanas. En concreto, y con carácter general:

1. A partir del 1 de julio de 2021, coincidiendo con la entrada en vigor del denominado paquete de comercio electrónico, para la declaración a libre práctica de envíos de valor intrínseco no superior a 150 euros, solo será posible el uso de la declaración H7 y de la declaración estándar de importación (DUA de importación).

2. A partir del 1 de julio de 2021 se cerrará de forma definitiva el uso de la notificación de bajo valor.

Si bien Canarias forma parte del TAU pero no territorio de aplicación del IVA, y Ceuta y Melilla no forman parte del TAU (aunque tienen alineada la legislación en ámbitos materiales del comercio denominado electrónico con la normativa común del IVA) estos territorios están concernidos por la nueva legislación, pero, debido a sus peculiaridades, se ha accedido al establecimiento de un plazo transitorio distinto. Por tanto:

3. Durante el periodo que va hasta el 15 de noviembre de 2021 seguirá operativa la opción de presentar bajo valor en los envíos a Canarias, Ceuta y Melilla si bien se invita a todos los operadores a privilegiar el uso de la declaración H7 que será obligatoria partir de entonces, para evitar así posibles contratiempos.

4. Los envíos en que puede utilizarse la aplicación de bajo valor en estos envíos de bienes de escaso valor son los mismos en los que cabe presentarse por una declaración H7. Por lo tanto, con un valor intrínseco no superior a 150€ y con las demás limitaciones previstas para estas declaraciones.

5. No serán de aplicación desde el 1 de Julio de 2021 las declaraciones simplificadas previstas en el punto 2.2 del Apéndice IX de la Resolución del DUA (“Simplificaciones previstas para el despacho de Bajo Valor y Pequeños Envíos”) siguiendo en este ámbito las disposiciones generales.

Atentamente,

Martín Fernández
Adjunto – Secretario Técnico

 

Archivos Adjuntos

1624275711-ni-ga-18_2021pdf

AVISO LEGAL La información contenida en este mensaje y/o archivo(s) adjunto(s), enviada desde la Federación Española de Transitarios, Expedidores Internacionales y Asimilados FETEIA-OLTRA. Organización para la Logística, el Transporte y la Representación Aduanera, es confidencial/privilegiada y está destinada a ser leída sólo por la(s) persona(s) a la(s) que va dirigida. Le recordamos que sus datos han sido incorporados en el sistema de tratamiento de FETEIA-OLTRA y que siempre y cuando se cumplan los requisitos exigidos por la normativa, usted podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, limitación de tratamiento, supresión, portabilidad y oposición/revocación, en los términos que establece la normativa vigente en materia de protección de datos, dirigiendo su petición a la dirección postal Vía Laietana, 32-34, 4ªplanta, 08003 Barcelona o bien a través de correo electrónico feteia@feteia.org

Si usted lee este mensaje y no es el destinatario señalado, el empleado o el agente responsable de entregar el mensaje al destinatario, o ha recibido esta comunicación por error, le informamos que está totalmente prohibida, y puede ser ilegal, cualquier divulgación, distribución o reproducción de esta comunicación, y le rogamos que nos lo notifique inmediatamente y nos devuelva el mensaje original a la dirección arriba mencionada. Gracias. .
Podrá encontrar más información sobre el tratamiento en la Política de Privacidad de nuestra página web.

Puede darse de baja enviando un correo electrónico a la dirección feteia@feteia.org

Via Laietana, 32-34 4ª - 08003 Barcelona Telf:(+34)932 68 94 30| feteia@feteia.org
https://www.feteia.org/ web